Cómo defenderse de las mutuas que acosan
¿Quieres saber las maneras para defenderte de las mutuas que acosan? Como trabajador te será de mucha ayuda conocer la línea hasta donde pueden controlarte las mutuas tu tiempo de incapacidad temporal al estar de baja.
Esto debido a que muchas veces las mutuas tienen como trabajo hacerle presión a aquellos trabajadores enfermos para que estos decidan darse un alta voluntaria. De esta manera, puedan volver al trabajo antes de lo esperado sin importar que su tiempo de reposo por enfermedad aún no haya culminado.
Es por este motivo que te daremos una ventaja antes ella, dándote las respuestas correctas a las preguntas que normalmente hacen y así evitar que seas controlado por las mutuas. Así estarás preparado para cualquier intento que ha en acosarte y no serás víctima de estas.
- ¿Hay que contestarle las llamadas que provienen de la mutua?
- ¿Pueden las mutuas entrar en un domicilio para efectuar comprobaciones a la persona de baja?
- ¿Deben las mutuas cubrir los gastos del desplazamiento?
- ¿Pueden obligar a un trabajador a llevar informes médicos a las mutuas?
- ¿Las mutuas pueden proponer el alta médica sin informar al trabajador?
¿Hay que contestarle las llamadas que provienen de la mutua?
Tienes que saber que si te encuentras de baja existe la posibilidad de que la mutua intente contarte por vía telefónica. En ese caso tienes la total libertad de decidir si contestas su llamada o no.
Ya que ninguna ley dicta que es de carácter obligatorio hacerlo, por lo que no estás obligado tomar la llamada. E incluso, la empresa donde trabajas no podrá tomar medidas disciplinarias como el despido si decides no contestar estas llamadas.
Ahora bien, tienes que saber que aunque quien te realice la llamada diga que es un miembro de la mutua nada garantiza que eso sea cierto. Ya que es muy común que una persona sin escrúpulos que no tienen nada que ver con esta entidad intente pasarse por ellos. Siendo de tu total derecho el dudar sobre la procedencia de dicha llamada.
¿Pueden las mutuas entrar en un domicilio para efectuar comprobaciones a la persona de baja?
Por supuesto que no. Las mutuas no tienen permitido acceder baja ninguna excusa al domicilio de algún trabajador que se encuentre de baja. Tampoco pueden realizar revisiones o cualquier otro tipo de comprobación baja la supuesta autoridad de esta entidad, ya que así lo señala la Constitución de España.
De modo que, no existe razón por la que deberías dejar que un médico proveniente de la mutua acceda a tu domicilio. Claro está, puedes permitir de forma voluntaria su acceso o también si existe una resolución judicial que así lo dicte.
En cambio puede que te llamen a una revisión en alguno de sus centros. Si tus condiciones te lo permiten acude a la cita, pero si tu salud te lo impide es importante que asistas a tu médico de cabecera. Este puede darle un informe escrito que describa la razón por la que no es beneficioso para su salud efectuar un desplazamiento.
¿Deben las mutuas cubrir los gastos del desplazamiento?
Sí, en caso de desplazamiento de un trabajador enfermo hacia un centro de la mutua esta deberá cubrir los gastos relacionado al mismo. Ya que estos centros suelen estar a una distancia considerable del domicilio de los trabajadores. Y esto era perjudicial para estos, por lo que esto le fue impuesto a las mutuas.
En ese caso, es importante que guardes cada uno de los recibos, tickets o facturas que contengan la hora y fecha correspondiente a la cita para así acreditárselos a la mutua.
De esta forma, al culminar la baja puedes presentar cada uno de estos documentos en la mutua para que estos paguen los gastos producidos por el desplazamiento.
¿Pueden obligar a un trabajador a llevar informes médicos a las mutuas?
Como trabajadores en baja no existe obligación alguna en hacer entrega de informes médicos a las mutuas, ya sea análisis, radiografías, resultados de pruebas, entre otros. Por este motivo, aunque te efectúen dicha solicitud de manera escrita no debes por qué hacer entregas de los informes. Ya que las mutuas deben pedírselos directamente a la Seguridad Social, respetando el derecho a la intimidad por lo que únicamente tendrán acceso a lo relacionado a la baja.
¿Las mutuas pueden proponer el alta médica sin informar al trabajador?
No. En el momento en el que las mutuas quieran proponer el alta médica tiene la obligación de comunicarle al trabajador de baja que se le hará la solicitud a la Inspección Médica. Este comunicado debe incluir los aspectos de la propuesta de alta que será presentada.
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